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¿Cómo debo hacer para clausurar una Sociedad de Hecho MONOTRIBUTO MIDES?

3.1.3.2.004

MODALIDAD:
 
Solicitud de Clausura:
 
Se deberá ingresar como requisito previo, una solicitud de clausura exclusivamente vía Web, para ello deberán ingresar en servicios en línea de DGI (registrándose con PIN o Contrato Web) y hacer click en solicitud de Clausura, dentro de las opciones de Registro Único Tributario.

  • Una vez aprobada dicha solicitud, deberá presentar/adjuntar la documentación según las siguientes modalidades:
En Montevideo:

I. En línea desde la Web de BPS:

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
 
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS. 
 

II. Presencial, con previa Agenda Web.

- Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.


En Interior:

I. En línea desde la Web de BPS:

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
 
II. En caso de no tener habilitado el envío por Modalidad I se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
 
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de “Tramites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, de corresponder
 

Para ambas modalidades (presencial o en línea), los titulares de empresas unipersonales y sociedades de hecho deben constituir domicilio electrónico ante BPS. Para ello, deben ingresar al servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
 

PLAZO:
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura.
 
FORMULARIOS: 
.  Formulario 0355 “Cancelación (en 3 vías), firmado por integrante/s, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
. Formulario 0453 “Inutilización de la documentación” detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. (*)
 
Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
 
Documentación que debe presentarse:
. Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
. Constancia de impresión no utilizada, si corresponde
. 2 fotocopias del documento de identidad de todos los titulares
. Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
 
NOTA:
. Si la causal es por fallecimiento, presentar Partida de defunción original y 2 copias, y el formulario 355 además de ser firmado por quienes declaran ser los presuntos herederos, deberá tener aclaración en el ítem “observaciones” que suscriben el formulario en dicho carácter.
. (*) Al Formulario 0453 se deberá adjuntar una copia de documento de titular y una copia del gestor, en caso que corresponda.
 


(Modificada: 18.05.2023) 
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DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA 
Av. Daniel Fernández Crespo 1534, CP 11200 - Montevideo, Uruguay
Tel: 1344 (+59821344 exterior, 21344 otros departamentos)
Horario: Montevideo de 9:30 a 16:15hs; Interior de 9:15 a 16:00hs. 

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