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¿Cómo hago para anular o denunciar por extravío una constancia de impresión en RUT?

3.1.5.004

MODALIDAD
 
En Montevideo e Interior:
 
En línea adjuntando documentación desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
1.    Formulario 4450 completo y firmado por el titular o persona autorizada que realiza el trámite
2.    Formulario 6351 (Constancia de inscripción) o 6951 (Constancia de Inscripción Web).
3.    Documento de identidad del titular y/o de la persona autorizada que realiza el trámite.
4.    Formulario 5451 solicitud de autorización Web (si lo solicito por web).
5.    Cuando la solicitud de impresión fue realizada vía Web, y la imprenta aceptó el trabajo y por determinada razón no se va a realizar, para poder anular esa constancia se deberá presentar una carta de la imprenta en papel membretado de la misma, conteniendo:
·         Nombre y número de RUT del contribuyente
·         Número de autorización y/o solicitud
·         Mencionar que no se confecciono dicha solicitud
·         Debe contar con firmas originales del responsable de la imprenta ante DGI.
6.    Si la constancia a anular fue solicitada en forma presencial, se deberá adjuntar las 2 vías del original de la autorización para impresión de documentación (Formulario 6450).
7.    Si el Formulario 6450 le fue enviado vía Web: debe enviar el mencionado formulario con carta de la imprenta cumpliendo con lo indicado en punto 5.
8.    En caso de extravío de las constancias de solicitud, Formulario 6450, deberá adjuntar la correspondiente denuncia policial.
Ver Formularios
 

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
 
Correo de respuesta al contribuyente con el resultado del trámite.





(Modificada: 07.08.2023)
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