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En los casos que procede las causales de exoneración previstas en los literales A y B del artículo 7 del Título 19 del Texto Ordenado 1996, ¿se debe presentar la declaración jurada de exoneraciòn?

6.7.5.006

No. El escribano deberá dejar constancia en el documento notarial de la causal de exención operada.

 

FUENTE:

Artículo 12, Título 19 Texto Ordenado 1996.

Artículo 2, Decreto 252/998.

(Modificada: 5 de setiembre de 2016)

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