dgi.gub.uy | Si al confeccionar un formulario 1376 resulta un excedente de IVA compras que se traslada para el mes siguiente en la línea 22. Posteriormente, se reliquida el formulario 1376 y me queda un excedente de IVA compras menor al original, ¿se puede presentar vía web el formulario 1376? |
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Si el formulario 1376 del periodo siguiente aún no se presentó, se envía el formulario vía web.
Si el formulario 1376 del periodo siguiente ya se presentó, depende del importe del excedente:
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Si se reduce el excedente de IVA compras que traslado al mes siguiente, no se permite el ingreso vía web, se debe enviar por inicio de trámites (adjuntando declaración en pdf con timbre y archivo).
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Si importe es mayor o igual al original, se puede enviar el formulario vía web
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| | | | | Si al confeccionar un formulario 1376 resulta un excedente de IVA compras que se traslada para el mes siguiente en la línea 22. Posteriormente, se reliquida el formulario 1376 y me queda un excedente de IVA compras menor al original, ¿se puede presentar vía web el formulario 1376?Contenido no disponibleMensaje enviadoFaltan datos requeridosContenido agregado con éxitole envía un Artículo.le envía este mensaje:https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,formulario-1376,preguntas-frecuentes-ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;1170;15;D;si-al-confeccionar-un-formulario-1376-resulta-un-excedente-de-iva-compras-que-se-traslada-para-el-mes-siguiente-en-la-linea-22-posteriormente-se-reliquida-el-formulario-1376-y-me-queda-un-excedente-de-iva-compras-menor-al-original-se-puede-presentar-via-web-el-formulario-1376;1;PAG; |
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