dgi.gub.uy | ¿Cómo se declara en el formulario 1700 si se calcula la renta gravada por IRPF exclusivamente por el criterio real? |
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Si se calcula la renta gravada por IRPF exclusivamente por el criterio real, no se deberá completar el panel 6 del formulario 1700, ya que se completa únicamente el panel correspondiente al criterio elegido, en este caso, en lo que refiere al cálculo de la renta, se deberá completar exclusivamente el panel 5, correspondiente al cálculo de la renta por el criterio real.
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