dgi.gub.uy | En el envío del Formulario 1700 a través de Servicios en línea (Envío Web de declaraciones con usuario registrado), ¿qué significa el error “No hay constancia de Impuesto de Primaria para el padrón xxxx”? |
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De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 641 de la Ley Nº 15.809, en la redacción dada por el Artículo 77 de la Ley Nº 19.535 del 03/10/2017, los Escribanos no podrán autorizar ninguna enajenación de bienes inmuebles sin que se les justifique el pago de la totalidad del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, incluyendo el ejercicio en curso, o su exoneración.
A tales efectos la DGI emitirá una constancia de estar al día con el referido impuesto o de que el inmueble en cuestión no se haya alcanzado por el mismo (para obtener la Constancia haga clic aquí).
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