El/los valor/es catastral/es declarados para el/los inmueble/s incluidos en el Cuadro 1 del Formulario 1700 son inferior/es a los existentes en la Base de Castro, por lo que se sugiere la revisión pormenorizada de los valores declarados con los que figuran en la Cédula Catastral.
Recuerde que el Valor Real a considerar para la declaración jurada es el correspondiente al año inmediato anterior a la fecha del hecho generador declarado, y que figura en la columna “Valor para pago de impuestos” de la Cédula Catastral.
Si efectuada la revisión -y eventuales correcciones- persiste el error, la presentación de la declaración jurada deberá realizarse a través de alguna de las siguientes maneras:
-
Solicitud de Inicio de Trámites bajo el trámite “ITP/ IRPF - Presentación declaración jurada (Formulario 1700 / 1701)” en el caso de presentación con RUC o el trámite “ITP/ Devolución IRPF Incrementos Patrimoniales” para el caso de presentación de declaración jurada con documento de identidad.
- De forma presencial previa obtención de turno de
Agenda bajo el título “ITP / INCREMENTOS PATRIMONIALES”.
Recuerde que al momento de la presentación del trámite deberá adjuntar copia del error emitido por el sistema al momento del envío.