Si se realizó la opción de efectuar pagos a cuenta en base a lo dispuesto por los artículos 4 y 5 del Decreto Nº 101/996 y 9 del Decreto Nº 450/002, el formulario 2148 se presenta al segundo mes del cierre del ejercicio de acuerdo al calendario de vencimiento del grupo No Cede, liquidando todos los impuestos incluidos en dicho formulario.