dgi.gub.uy | Los contribuyentes que obtienen rentas de actividades agropecuarias y otras rentas, si obtuvieron pérdidas en la actividad agropecuaria y ganancia en las otras, ¿a que código del formulario 2148 traslado dicha pérdida? |
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Para compensar ambos resultados deben trasladar la pérdida del código 151 del formulario 1006 al código 158 del formulario 2148.
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