dgi.gub.uy | Si se confeccionó el formulario 2175 y surgió un crédito, se solicitó el certificado, luego se reliquidó el formulario 2175 con un crédito menor al obtenido en la liquidación original, ¿cómo hago? |
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Si estoy reliquidando el formulario 2175 con un crédito menor al obtenido en la liquidación original, debo confeccionar los formularios 2/217 y 2/254.
Si no utilicé el certificado de crédito, lo devuelvo y le emiten otro por un importe menor. Si lo utilicé pago con el formulario 2911 con el código 591.
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| | | | | Si se confeccionó el formulario 2175 y surgió un crédito, se solicitó el certificado, luego se reliquidó el formulario 2175 con un crédito menor al obtenido en la liquidación original, ¿cómo hago?Contenido no disponibleMensaje enviadoFaltan datos requeridosContenido agregado con éxitole envía un Artículo.le envía este mensaje:https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,formulario-2175,preguntas-frecuentes-ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;1170;15;D;-27484;1;PAG; |
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