-
Se envió el formulario pero no se efectivizo el pago:
Reliquidar inmediatamente el formulario oportunamente enviado.
-
Se envió el formulario con un monto a pagar menor al que debió corresponder y se efectivizó el pago:
En caso de que se detecte el error el día de vencimiento, se sugiere que la diferencia que debió declararse sea abonada en un Formulario (“pago de otros débitos”) creando un pago a cuenta el que deberá ser abonado en efectivo o banco.
Posteriormente, cuando ambos formularios (declaración jurada y otros débitos) figuren como efectivamente pagados (luego de transcurridos al menos diez días corridos) se deberá reliquidar la declaración jurada oportunamente enviada, agregando a tales efectos el saldo deudor omitido. Para cancelar esta reliquidación se deberán utilizar los siguientes “medios de pago”:
En el caso de que el error se detecte posteriormente al vencimiento:
-
Se envió el formulario y se pagó un monto superior al que correspondía:
Corresponde solicitar certificados de crédito:
Para saber más sobre cómo solicitar certificados de crédito Solicitud de certificados de crédito