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¿Cómo se debe proceder en caso de haber enviado el Formulario con un monto equivocado a pagar?

  1. Se envió el formulario pero no se efectivizo el pago:

Reliquidar inmediatamente el formulario oportunamente enviado.

  1. Se envió el formulario con un monto a pagar menor al que debió corresponder y se efectivizó el pago:

En caso de que se detecte el error el día de vencimiento, se sugiere que la diferencia que debió declararse sea abonada en un Formulario (“pago de otros débitos”) creando un pago a cuenta el que deberá ser abonado en efectivo o banco.

Posteriormente, cuando ambos formularios (declaración jurada y otros débitos) figuren como efectivamente pagados (luego de transcurridos al menos diez días corridos) se deberá reliquidar la declaración jurada oportunamente enviada, agregando a tales efectos el saldo deudor omitido. Para cancelar esta reliquidación se deberán utilizar los siguientes “medios de pago”:

  • Línea 408 por la parte oportunamente pagada en la declaración jurada original (en caso que el pago haya sido realizado con efectivo, banco o exclusivamente con CCE).

  • Si se había dejado pendiente con acta y habiendo levantado el acta con un otros débitos se completa la línea 407.

  • Línea 407 por la parte que oportunamente se omitió abonar. 

En el caso de que el error se detecte posteriormente al vencimiento:

  • Línea 408 por la parte oportunamente pagada en la declaración jurada original (en caso que el pago haya sido realizado con efectivo, banco o exclusivamente con CCE).

  • Si se había dejado pendiente con acta y habiendo levantado el acta con un otros débitos se completa la línea 407. 

  • Por la diferencia completa la línea correspondiente según el medio de pago.

  1. Se envió el formulario y se pagó un monto superior al que correspondía: 

Corresponde solicitar certificados de crédito:

  • Si de la declaración jurada existen orígenes de crédito (pagos o retenciones), se deberá tramitar como un crédito originado en declaración jurada (Marca 4).

  • Si no existen orígenes de crédito, se deberá tramitar como un crédito originado en pagos por error (Marca 8). 

Para saber más sobre cómo solicitar certificados de crédito Solicitud de certificados de crédito

 

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