dgi.gub.uy | ¿En que código del formulario 2176 se incluye el crédito previsto en el Artículo 1 del Decreto Nº 303/016 para contribuyentes de IVA de frutas y hortalizas? |
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El crédito fiscal se expone en la línea 91 (“Créd. arrendamientos”) del Rubro 3 - Responsables - Crédito por retenciones.
Vigencia del crédito:
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18% para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de agosto de 2016.
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9% para el período comprendido entre el 1º de setiembre y el 31 de diciembre de 2016.
Para períodos posteriores al 31 de diciembre de 2016, el crédito fiscal solamente será de aplicación a los contribuyentes exportadores de arándanos (Decreto Nº 6/017 del 10/01/2017). El referido crédito se aplicará sobre el precio de venta del productor agropecuario, en las siguientes condiciones:
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9% en tanto las exportaciones sean realizadas en el período comprendido entre el 1º de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017, correspondientes a la zafra 2016.
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4,5% en tanto las exportaciones sean realizadas en el período comprendido entre el 1º de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018, correspondientes a la zafra 2017.
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