dgi.gub.uy | ¿En qué código del formulario 2176 se ingresa el crédito por retenciones de obligaciones tributarias? |
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Las retenciones de obligaciones tributarias OTT se ingresan en el código (49). Se incluyen entre otras, las realizadas por las Administradoras de Crédito (Dto. 94/02), las realizadas por los supermercados (Dto.134/009), y las realizadas por ANTEL (Art.2, Dto.318/06).
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