MODALIDAD:
En Montevideo:
I. Exclusivamente Presencial, con previa Agenda Web.
En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandi 570 – Planta Baja. Deberá agendarse previamente desde el instructivo en Web de BPS correspondiente a cada caso.
En Interior:
I. Se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
Debe seleccionar dentro de “Trámites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación.
PLAZO:
30 días a partir del fallecimiento del titular.
FORMULARIOS:
Modalidad I:
. Formulario 0351 “Inscripción y actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.
. Formulario 0352 “Anexo de inscripción y actualización de Personas Físicas vinculadas”, en 3 vías, con los datos de las personas físicas vinculadas.
. Formulario R-500, con timbre profesional
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
· 2 Fotocopias de los documentos de identidad vigente de todos los presuntos herederos.
· Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad vigente.
· De poseer un vehículo, ver instructivo de inscripción de vehículos (BPS) si no declara actividad agropecuaria.
· Certificación notarial (original y 3 fotocopias simples) de:
. Firma de todos los presuntos herederos
. Fecha del fallecimiento del causante
. Datos de todos los presuntos herederos:
· Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
· Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
· Fecha de nacimiento
· Estado civil
· Capacidad legal
· Nacionalidad
. Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
. Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. (*)
NOTA:
(*) Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
Se deberá tener en cuenta el instructivo de BPS correspondiente según el caso.
En caso de que el causante tuviera numero de RUT, se debe realizar la clausura del mismo según lo solicitado en Instructivo correspondiente. El certificado notarial puede ser el mismo para la inscripción de la sucesión y la clausura del causante, adjuntando fotocopias.
(Modificada;11.08.22)