MODALIDAD:
En Montevideo:
I. Exclusivamente Presencial, con previa Agenda Web.
En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandi 570 – Planta Baja. Deberá agendarse previamente desde el instructivo en Web de BPS correspondiente a cada caso.
En Interior:
I. Se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
Debe seleccionar dentro de “Trámites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación.
PLAZO:
30 días a partir del fallecimiento del titular.
FORMULARIOS:
Modalidad I:
. Formulario 0351 “Inscripción y actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.
. Formulario 0352 “Anexo de inscripción y actualización de Personas Físicas vinculadas”, en 3 vías, con los datos de las personas físicas vinculadas de corresponder.
. Formulario 205 “Declaración de Sueldos Fictos” (B.P.S.) en 2 vías (en el caso de dependencias que tengan ventanilla única DGI-BPS)
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
· 2 fotocopias del documento de identidad de los representantes.
· Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
· De poseer un vehículo, ver instructivo de inscripción de vehículos (B.P.S.), si no declara actividad agropecuaria.
· Certificación notarial (original y 3 fotocopias simples) de:
· Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
· Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
· Fecha de nacimiento
· Estado civil
· Capacidad legal
· Nacionalidad
· Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
Modelo de Certificación Notarial
NOTA:
(*) Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
En caso de bienes gananciales del titular fallecido, se inscribirá la sociedad de hecho entre el cónyuge supérstite y los sucesores, no siendo necesaria en este caso la inscripción de la sucesión. Ver instructivo de inscripción de sociedad de hecho (3.1.1.2.001 o 3.1.1.2.002 si es Agro).
Si declara actividad agropecuaria; Ver Instructivo de Requisitos de Inscripción para empresas con actividad agropecuaria.
En caso de que el causante tuviera numero de RUT, se debe realizar la clausura del mismo en formulario 0355 “Cancelación –Empresas y Otras Entidades unipersonales y pluripersonales" a la fecha de fallecimiento firmado por todos los presuntos herederos junto con la documentación requerida para Clausura (Ver instructivo de Clausura de Unipersonal por fallecimiento)
El certificado notarial puede ser el mismo para la inscripción de la sucesión y la clausura del causante, adjuntando 2 fotocopias del mismo y de las cédulas de los presuntos herederos.
(Modificada: 11.08.22)