dgi.gub.uy | En una sucesión, ¿cómo se determina el porcentaje gravado en la trasmisión? |
| | | | Se toma en cuenta el porcentaje del valor real actualizado propiedad del causante a la fecha del fallecimiento. Si es ganancial se toma la mitad.
FUENTE:
Literal A, Artículo 4, Título 19 Texto Ordenado 1996.
Artículo 12, Decreto 252/998.
Fecha de la última actualización: 01/08/2006. |
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