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¿Cómo debo hacer para convertir una Unipersonal en SAS total o parcialmente? Ley 19.820 – Decreto 198/2021

3.1.2.4.002

MODALIDAD:

En Montevideo:

I. Exclusivamente Presencial, con previa Agenda Web.
 
En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandi 570 – Planta Baja. Deberá agendarse previamente desde el instructivo en Web de BPS correspondiente a cada caso.
 
En Interior:
 
I. Se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
 
Debe seleccionar dentro de “Trámites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite,  agenda presencial para su culminación.

PLAZO:

  • La conversión dispondrá de un plazo de 30 (treinta) días a contar desde la fecha de la constitución (estatuto)
  • Para los casos de Conversión Total la clausura de Unipersonal dispondrá de un plazo de 30 días a partir de la inscripción de la SAS en el RUT.

Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
 
CONVERSION TOTAL:
 
FORMULARIOS:

  • Formulario 0355 “Cancelación Empresas y otras Entidades” en 3 vías, con timbre profesional, para el contribuyente unipersonal a convertir totalmente.
  • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional, para la inscripción de SAS
  •  Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” (en 3 vías) y/o Formulario 0353 “Personas jurídicas vinculadas” (en 3 vías) según corresponda.

- Formulario 0453 de inutilización de documentación (si corresponde) en 2 vías, con timbre profesional.
 
Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.
 
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
 
En los formularios 351 y 352 corresponde indicar el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte.
 
REQUISITOS:
 
Para la inscripción de la SAS:
- Remitirse a los requerimientos de la Pregunta Frecuente: ¿Cómo debo hacer para inscribir una SAS? (3.1.1.2.013)
 
Para la clausura de unipersonal:
 . Adicionalmente completar en el Formulario 0355, indicando en Observaciones que se trata de una conversión total, marcando en causal por “venta” e identificando en el formulario mismo a la empresa sucesora.
. Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT) de la unipersonal a convertir.
. 2 Fotocopia de los documentos de identidad de los titulares.
.Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
 
CONVERSION PARCIAL:
 
FORMULARIOS:
 
. Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional y/o Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” (en 3 vías) y/o Formulario 0353 “Personas jurídicas vinculadas” (en 3 vías) según corresponda, para la inscripción de la SAS.
. Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional para la unipersonal a convertir y/o Formulario 0354 “Actualización/Anexo de inscripción locales” en 3 vías.
 
. Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.
 
. Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
 
Ver Formularios DGI
 
REQUISITOS:
 
Para la inscripción de la SAS:
- Remitirse a los requerimientos de la Pregunta Frecuente: ¿Cómo debo hacer para inscribir una SAS? (3.1.1.2.013)
 
Para la Unipersonal a convertir PARCIALMENTE:
. En el Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” indicar en antecedentes que se trata de una conversión parcial identificando la empresa sucesora.
. Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT) de la unipersonal a convertir.
. 2 Fotocopia de los documentos de identidad de los titulares.
. Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
 
NOTA:

Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

. En los formularios 351 y 352, corresponde indicar los vínculos funcionales (VF), según la integración establecida, y las empresas por las que se aporte. Ver mas información en la Web de BPS

Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.


 
 

(Modificada: 30.11.2022)

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