MODALIDAD:
En Montevideo:
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En línea desde la Web de BPS:
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
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Presencial, con previa Agenda Web.
- Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
En Interior:
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En línea desde la Web de BPS:
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
II. En caso de no tener habilitado el envío por Modalidad I se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de “Tramites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, en caso de corresponder.
Para ambas modalidades (presencial o en línea) los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. Para ello, deben ingresar al servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente
PLAZO:
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial o inscripción en DGR, según corresponda. Tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
FORMULARIOS:
- Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” (en 3 vías), con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Formulario 0352 “Personas Físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda, (en 3 vías).
- Formulario 205 (BPS) “Declaración jurada trabajadores no dependientes” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales y SAS, con timbre profesional.
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
. Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
- Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT).
- 2 Fotocopias de documento de identidad de los titulares.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
- Original y 2 Fotocopias de la publicación en el Diario Oficial o constancia de inscripción definitiva en DGR, según corresponda.
- Original y fotocopia del contrato social o estatuto otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado o testimonio por exhibición y fotocopia.
- Certificación notarial y 2 fotocopias (estos requisitos no aplican para las SAS Ver Nota) estableciendo:
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Firmas y datos personales del firmante:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
- Estado civil
- Nacionalidad
- Mayoría de edad
- Domicilio particular.
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Representación, Administración e integración.
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Modificación.
NOTA:
I) En caso de que el representante legal, administrador o integrante del directorio sea una persona jurídica se deberá presentar certificación notarial acreditando personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
II) Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados (de corresponder).
(Modificada: 26.08.2022)