Debemos distinguir dos opciones:
a) Si por las rentas derivadas de la prestación de servicios personales, comprendidas dentro del IRPF, opta por tributar IRAE, no podrá ampararse a la exoneración de “Pequeñas Empresas” por estar excluidos expresamente.
b) Si por las rentas derivadas de la prestación de servicios personales opta por tributar el IRPF, puede ampararse a la exoneración de “Pequeñas Empresas” ya que solo tendrá las rentas derivadas de la combinación de capital y trabajo, gravadas por el IRAE.
Cabe agregar, que a los efectos de la consideración del tope establecido para dicha exoneración, deberá tenerse únicamente en cuenta los ingresos que provengan de la combinación de capital y trabajo.
FUENTE:
Literal E, Artículo 52, Título 4, Texto Ordenado 1996.
Consulta 4761 – 18/2/08.