MODALIDAD:
En Montevideo e Interior:
En línea desde la Web de BPS:
I. A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Reiniciar empresa BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
II. En caso de impedimento para ingresar el trámite por no tener representantes registrados en la empresa, deberá realizar el trámite a través del Servicio “Consúltenos”, adjuntando toda la documentación correspondiente, y explicando la situación. Para acceder al Servicio deberá contar con el Usuario personal de BPS.
Para ambas modalidades (presencial o en línea), los titulares de empresas unipersonales y sociedades de hecho deben constituir domicilio electrónico ante BPS. Para ello, deben ingresar al servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
PLAZO:
Dentro del mes en curso de reinicio de actividades.
La inscripción se podrá realizar con carácter previo al reinicio de actividades (de hasta 10 días), así como dentro del mes en curso.
FORMULARIO:
- Formulario 0351 “Inscripción y actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.
- Formulario 205 "Declaración de Sueldos Fictos" (B.P.S.) (en el caso de dependencias que tengan ventanilla única).
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
REQUISITOS:
Haber realizado el trámite de clausura del anterior periodo de actividad.
DOCUMENTACION A PRESENTAR (Ver Notas):
. Si concurre un tercero a realizar el trámite deberá presentar fotocopia de cédula de identidad vigente.
. Certificado notarial, conteniendo:
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Firma del titular
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Datos personales:
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Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
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Nacionalidad
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Estado civil
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Mayoría de edad
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Documento de identidad (tipo, paìs de origen y nùmero)
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Domicilio particular
Nota:
(*) Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
Solo se debe adjuntar la constancia de domicilio fiscal de la empresa cuando se modifica el que tenía declarado en forma previa a la clausura.
La certificación notarial no será necesaria si se exhibe factura original completa, de no más de 60 días o contrato (Si aun no fue emitida la primera factura) exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre de uno de los titulares y con el domicilio fiscal que declara. Debe adjuntarse fotocopia de la factura o contrato.
En caso de actividad Agropecuaria, ver instructivo de “Inscripción de Unipersonal con Actividad Agropecuaria” (pregunta frecuente 3.1.1.1.002)
(Modificada: 22.11.22)