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¿Cómo se realiza el trámite para ampararse al Art. 94 del Código Tributario ( No pago de multas y recargos por buen pagador)?

3.6.010
R: Vía Web:
                   Ingresar al portal de servicios en línea, https://servicios.dgi.gub.uy, digitando el número de RUC y la clave de usuario registrado o PIN. Selecciona PAGOS, opción Cambios de Imputación- Solicitud, elije la opción “ Art. 94 CT Buen Pagador “/ SIGUIENTE.   En la Pantalla 2, deberá seleccionar los pagos a modificar, código a código, es decir que deben presentar  tantas solicitudes como códigos hayan abonado con el mismo documento (Boleto de pago o Declaración Jurada). En la Pantalla 3 le muestra la corrección sugiriendo la fecha de Vencimiento del impuesto. Confirmar la solicitud y se le informa la fecha a partir de la cual será analizada, dando la opción de aceptarla o rechazarla. Si se acepta se habilita la emisión de la constancia 6913. Luego que se cumplan los procesos internos de revisión y que se apruebe la solicitud, se le enviará un mensaje a la bandeja de comunicaciones donde se le informará que la solicitud está Procesada.
 
 
Si lo desea realizar en forma presencial se debe concurrir con:
  • Formulario 2524 en dos vías.
  • 1 Timbre Profesional.
  • Carta explicativa firmada por representante de la empresa.
  • Documento de identidad del que realiza el trámite.
  • Fotocopia del documento de identidad del firmante.
(Modificada: 15.08.2015)
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